
¿POR QUÉ APLICAR EL ARTÍCULO 155 DE LA CONSTITUCIÓN EN CATALUÑA?
Ante el callejón sin salida a donde nos ha llevado Puigdemont y sus secuaces, (no puedo dar un tratamiento honorable a quienes desde el poder están delinquiendo), el gobierno ha iniciado los trámites para la aplicación del artículo 155 de la Constitución.
La aplicación de este artículo no va a ser un camino de rosas, más bien da vértigo pensar en la reacción del mundo independentista catalán tomando las calles, rodeando edificios públicos o cortando carreteras, como así nos advierten comentaristas, tertulianos y políticos independentistas o cercanos a Podemos, diciendo “¿Alguien piensa que el pueblo catalán no va a salir en defensa de sus instituciones?”, alentando de paso a que lo hagan. También nos quieren convencer de que la aplicación de este artículo Constitucional, es un golpe de estado que quita a los gobernantes elegidos democráticamente para sustituirlos por otros que no lo son, siendo un ataque y una ofensa al pueblo catalán.
En realidad, el denostado artículo no es tan traumático, ni tan malo. No es un golpe de estado, como indican los independentistas, porque está descrito en nuestra constitución y todos los artículos de nuestra constitución deben de ser aplicables. Además es de aplicación temporal y su propósito es el de devolver a una comunidad autónoma al camino de la legalidad, siendo el único freno legal ante la locura de unos gobernantes que creen que su mandato democrático no debe tener límites. Los padres de nuestra constitución lo copiaron de la Constitución Alemana, que algo sabrán los alemanes de lo que ocurre cuando un gobernante elegido democráticamente se sale de la ley. Y es que sin los límites de la ley y el respeto a las reglas de juego no hay democracia, simplemente hay una dictadura elegida democráticamente que se va a encargar de romper el sistema y en este caso concreto trocear nuestra nación.
También nos indican los mismos comentaristas, tertulianos y políticos, “que con la fuerza y la imposición no se va a resolver el problema catalán”. “Que un problema político se resuelve con política y con dialogo”. En lo primero, llevan razón, el artículo 155, no va a conseguir que los independentistas dejen de soñar con su deseada independencia, basada en el odio a lo español, en la insolidaridad, en el victimismo y en la supremacía de la raza catalana, que han estado inoculando en los colegios y alimentando desde las instituciones y desde los medios de comunicación públicos. Pero sí puede conseguir detenerles en su camino, repleto de trampas y trucos hacia esa independencia que muchos catalanes no desean. En cuanto a lo segundo, dudo que se pueda dialogar con aquellos que se han situado en una posición de fuerza, de chantaje y amenaza. En democracia se dialoga en las instituciones democráticas y de un modo transparente para los ciudadanos, no se dialoga a espaldas de quienes votan, para llegar a soluciones oscuras y tramposas. Los parlamentos son los lugares donde se exponen los problemas políticos, se votan y se convierten en leyes con las mayorías suficientes, en cambio los que solicitan el dialogo, cerraron el parlamento catalán tras la aprobación de la ley de referéndum y todavía no lo han abierto.
Otra afirmación muy común es que “no hay motivo para aplicar el 155, porque no ha habido declaración Unilateral de independencia (DUI)”. La DUI, sólo es la diferencia entre el delito de Sedición que ya se ha cometido, con el de Rebelión. No debemos de perder de vista el motivo real del porque se aplica el 155, y no es otro que el de corregir una situación ilegal y por tanto devolverla a la legalidad. En el caso de Cataluña, esta ilegalidad se produjo con la aprobación del referéndum de independencia el 6 de septiembre por el Parlamento de Cataluña. Esta aprobación fue suspendida por el Tribunal Constitucional y a pesar de ello, la generalidad continuó hacia delante. En ese momento no solo se podía, sino que se debía de haber aplicado, ya que se trataba de un ataque directo a los dos artículos más sagrados de nuestra constitución, al artículo 1 “(…) La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” y al artículo 2 “La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles (…)”. Por complejos partidistas hemos dejado que se consumara el delito de sedición, dejando que se ejecutara dicho irregular referéndum con resultados inventados incluido, pesando ahora sobre los españoles la amenaza de la DUI. De haber cortado entonces, nos hubiéramos evitado los delitos de sedición ante los registros ordenados por el Juzgado de instrucción n° 13 de Barcelona y por tanto la detención de los presidentes de ANC y Ominium y las posteriores manifestaciones, los enfrentamientos policiales por la retirada de urnas el 1-O, la traición del Mayor Trapero ese mismo día y la sorprendente declaración de independencia y su posterior suspensión, que han internacionalizado el conflicto y que ahora tiene una más difícil solución, debido a que se ha llegado más lejos, la indignación general es mucho mayor y la frustración de los independentistas también.
Ahora no hay más solución que seguir adelante, todo lo que no termine con unas elecciones tras el control de las instituciones catalanas y el correspondiente castigo a sus dirigentes por delito de Sedición, es invitar a que en poco tiempo se vuelvan a repetir estas aventuras no solo en Cataluña, sino también en aquellas comunidades con virus independentista. Toda falta debe de tener su castigo, para evitar que otros la cometan. Si no se castigara con cárcel a quienes roban, gran parte de la sociedad serían ladrones.
Víctor Pascual Viciedo Colonques es Presidente de la Associació de Llauradors Independents Valencians (ALIV)