2.2. Valoración del reinado de Pedro I el Grande de Valencia -III de la Corona de Aragón-(1276-1285)
Los nueve años del reinado de Pedro I el Grande de Valencia, -III de Aragón- fueron decisivos en los aspectos conquistadores, forales, económicos, sociales y municipales del Reino de Valencia. Accedió al trono a los 36 años con experiencias en el campo político, bélico y diplomático; experiencia muy válida para dar solución a algunos problemas y ejercer la responsabilidad en tomar decisiones (1).
El monarca Pedro el Grande supo pacificar el Reino de Valencia al rendir Montesa (1277) un año después de la muerte de su padre, Jaime I el Conquistador. En su reinado impulsó la expansión de la Corona de Aragón por el Mediterráneo, a pesar de la oposición de la nobleza aragonesa; las principales Cortes celebradas (1283) promulgaron numerosos fueros que fueron recogidos en más de 70 rúbricas; tuvo que compaginar la extensión del fuero de Valencia con las pretensiones de la nobleza aragonesa que pretendía imponer el fuero de Aragón, problemática que fue el origen de algunos conflictos entre la nobleza aragonesa y el Soberano, y entre aragoneses y valencianos; procuró frenar los excesos cometidos por algunos bailes y procuradores reales anulando la potestad que tenían de crear impuestos, etc.
Pedro I el Grande de Valencia antepuso los intereses políticos a los personales del Reino de Valencia, retrasando su coronación y juramento de los fueros hasta que logró la sumisión de los musulmanes sublevados. Acontecimientos relevantes de la política interior de su reinado fueron: 1. Las crisis sociales de 1275 a 1279 (2); 2. La rebelión del enclave de Montesa (3); 3. El “Privilegio General de la Unión” (4); y 4. La creación de la institución del “Consolat de Mar” (5).
Mª. D. Cabanes Pecourt que ha analizado los diversos aspectos de la política del reinado del Pedro el Grande resalta que en materia foral confirmó los fueros, privilegios, usos y costumbres a la ciudad y Reino de Valencia que había concedido Jaime I, y extendió nuevos fueros a diversas localidades de las tierras valencianas. Dispuso que se observasen las ordenaciones y dictó cláusulas finales que contemplaban que “No valga llei o privilegi contrari als furs i que no se tinga en compte lo que el rei haja d’aprobar en avant contra el codi valencià”. Promulgó una disposición real que obligaba a celebrar Cortes en Valencia, durante el primer mes del reinado, jurar los fueros y prometer su observancia (6).
En el aspecto económico: se otorgaron una serie de disposiciones que impulsaron las diversas actividades económicas, provisiones que tendrán cierto cariz liberalizador. Se dictaminaron medidas de carácter fiscal con prescripciones de impuestos directos, indirectos y monopolios y la exención del pago de “leuda” y “peaje” a los mercaderes y ciudadanos de Valencia. Medidas que favorecerán la expansión económica del Reino.
En el campo social: se proveyeron fueros que regularon las relaciones entre los diversos grupos religiosos y étnicos, confirmando algunos privilegios y costumbres, y dispuso nuevas órdenes.
En la organización municipal: introdujo innovaciones de gran importancia, configurando una estructuración municipal que perdurará, con algunas modificaciones, a lo largo de los siglos forales de la Baja Edad Media valenciana. Reguló las instituciones del gobierno municipal, procesos de elección del “Justicia”, “Mustaçaf”, “jurats” de la ciudad y Reino, y creó nuevos cargos que contribuirán al mejor gobierno municipal.
La actuación real, respecto a la ciudad y Reino de Valencia, favoreció la consolidación territorial, intentó resolver los problemas nobiliarios y las relaciones de dominio feudal entre los diversos estamentos, fortaleció el “Consell del Regne”, potenció el brazo popular, se consolidó la celebración de Cortes, impulsó las actividades económicas y mercantilistas, y sentó las bases municipales para el posterior desarrollo de la vida ciudadana.
Durante el reinado de Pedro I el Grande, según Mateu i Llopis, no hubo otra moneda propia que los “reals” de Valencia de Jaime I, y la vida económica del Reino se desarrolló sobre el sistema de “sous” y “liura”.
2.3. Algunas consideraciones sobre el reinado de Alfonso I de Valencia -III de la Corona de Aragón-(1285-1291)
Alfonso I nació en Valencia el año 1265 y murió en 1291 en Barcelona, cuando todavía no contaba 26 años. Fue hijo primogénito de Pedro el Grande y de Constanza de Sicilia y nieto de Jaime I el Conquistador. Es conocido con el calificativo del “Franco” o el “Liberal” y muy joven se ocupó de tareas de gobierno. Representó a su padre en negociaciones con la nobleza.
El rey Alfonso I de Valencia reinó tan sólo algo más de cinco años y convocó dos veces Cortes, celebradas en los años de 1286 y 1289(7). No se plegó definitivamente a las exigencias de la Unión Aragonesa. Las pretensiones de extender el uso del fuero de Aragón al Reino de Valencia no surtirán efecto. El pacto final consistió en que sólo se acogerían a los fueros aragoneses los valencianos que así lo demandaran. Como era lógico, los fueros aragoneses fueron rechazados por la inmensa mayoría de pueblos valencianos, ya que representaban una concepción feudal de la sociedad, situación que los valencianos tenían superada con la implantación del espíritu foral del rey Jaime I. Sin embargo, al no cumplirse las órdenes reales continuaron observándose los fueros de Aragón en el Reino de Valencia. El rey don Alfonso nombró el Justicia aragonés en Valencia, pero los asuntos continuaron igual porque ni el Rey, ni sus funcionarios, ni sus magistrados forales consintieron, en los territorios libres del feudalismo, otra legislación que no fuera la dada por don Jaime I el Conquistador para el Reino independiente de Valencia.
La obra política de Jaime I, en lo tocante al Reino de Valencia, pudo ser destruida en el reinado de don Alfonso I, si el “Consell municipal” de la capital del Reino no se hubiera opuesto a las pretensiones de la nobleza aragonesa, pues el “Privilegio de la Unión” (1288) suponía una auténtica humillación para el Monarca.
El Soberano no tuvo ambiciones de ampliar sus posesiones. En su reinado no se produjo avance reconquistador de tierras valencianas, pero sí que tuvo que emprender luchas diplomáticas y bélicas, y soportar amenazas internas y externas que el Monarca afrontó con fortuna diversa.
Murió en 1291, y en su testamento de 10 de marzo de 1288 nombraba heredero de todos sus reinos a su hermano Jaime, siempre que cediera el Reino de Sicilia a su otro hermano, Federico. Si Jaime prefería seguir reinando en Sicilia, debía ceder los derechos del resto de la Corona de Aragón a Federico. El rey Alfonso el Liberal no quería que ambos territorios estuvieran en las mismas manos, hecho que no sentó bien a don Jaime, pues pretendía también conservar el Reino de Sicilia en virtud del testamento de su padre.
BIBLIOGRAFÍA
1. Cfr. SOLDEVILA, Ferrán. Vida de Pere el Gran i d’Alfons el Liberal. Barcelona, 1963.
2. BURNS, R. I., “Avalots socials a la Valencia del segle XIII”. Jaume I i els valencians del segle XIII. Valencia, 1981, pp.269-300.
3. La insurrección del enclave de Montesa refleja un ejemplo de la situación de rebelión de muchos sarracenos que residían en territorio valenciano en los años de la transición del reinado de Jaime I al de Pedro el Grande.
4. “El Privilegio General de la Unión” (1284) tuvo grandes repercusiones en el Reino de Valencia. Significó para la nobleza valenciana el punto culminante de su potencialidad después del enfrentamiento con el Rey. Sin embargo, el Soberano no tardará en decretar pena de expulsión y confiscación de bienes para los “señores” que no ajustaran sus actuaciones a los “Furs” concedidos al Reino de Valencia. El nacimiento de este movimiento de la “Unión” se prolongará durante el reinado de sus sucesores.
5. Por privilegio de Pedro el Grande fue creada en Valencia la institución del “Consolat de Mar” en 1283 al observar la importancia que iba adquiriendo el puerto de Valencia, tribunal que interpretará las ordenanzas vigentes y las convertirá de hecho en derecho común de las materias marítimas comerciales. El Libre del Consolat de Mar es un monumento jurídico que recogió el “corpus” del derecho marítimo mediterráneo que con el tiempo constituyó el fundamento del esplendor de la Ciudad y Reino de Valencia en los siglos XIV y XV.
6. CABANES PECOURT, Mª D., Pere III, I Valencia. Publicaciones de Lo Rat Penat, núm. 38. Valencia, 1978, pp. 26-36.
7. SIMÓ SANTONJA, V.L., Les Corts Valencianes 1240-1645. Valencia, 1977, pp. 79-88.
José Vicente Gómez Bayarri es Licenciado en Filosofía y Letras, Doctor en Historia,
Catedrático de Geografía e Historia, Académico de número de la RACV y Medalla de
Plata de la Ciudad de Valencia.