El alcalde de Valencia, Joan Ribó, está obligado a dimitir por coherencia con sus propias palabras. En marzo de 2016 el líder de Compromís afirmó que, si era imputado, estaba obligado a dimitir, no sólo “dispuesto a dimitir”, y destacaba que eso era lo coherente. Resulta que ahora Ribó está investigado –antes “imputado”– por prevaricación, tras una denuncia del Grupo Popular en el ayuntamiento por negarle el expediente administrativo relativo a una encuesta sobre el colectivo fallero en 2017. Y, por mucho que diga que es una casualidad que la imputación se haya conocido a la vez que la sentencia de la Gürtel valenciana, la realidad judicial es la que es: el hombre es esclavo de sus palabras, y dueño de sus silencios… si es que tiene palabra, claro.
La encuesta sobre el mundo fallero –realizada en 2017, con 963 entrevistas a falleros de ambos sexos mayores de 18 años– provocó una gran polémica en los partidos de la oposición municipal frente al tripartito que gobierno, denunciando varias preguntas que se hacían en esa encuesta, relativas a las creencias y a la intención de voto. Ribó defendió las preguntas que se formulaban, calificándolas como “absolutamente razonables”, pero no lo parecían a muchos otros, pero el asunto ha llegado al juez y el alcalde tendrá que declarar por delitos de prevaricación e impedimento del ejercicio de los derechos cívicos. Tendrá que declarar el próximo 25 de junio ante el Juzgado de Instrucción número 9 de Valencia.
Ribó se metió en un foso. Alardea de coherencia y se permite criticar a quienes no lo son, como cuando criticó hace unos días la compra del chalé de Pablo Iglesias, alegando que se ha de ser coherente entre lo que se dice y lo que se hace. Denunciado por negar información a la oposición, como ha afirmado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), y en aplicación de los artículos 542 y 404 del Código Penal, que tipifican el impedimento del ejercicio de los derechos cívicos y la prevaricación administrativa. La declaración que tendrá que hacer el próximo día 25 es la primera diligencia acordada por el instructor para determinar si los hechos expuestos en la denuncia interpuesta son constitutivos de delito.
En mi opinión, la dimisión de los políticos no debe producirse cuando se les investiga judicialmente, sino cuando se produce la apertura del juicio, que es cuando ya el juez instructor piensa que los hechos son constitutivos de delito. Pero Ribó ha de ser coherente y dimitir.
Javier Arnal Agustí es Licenciado en Derecho y periodista.
Escribe, también, en su web personal.