El Compromiso de Caspe
El Interregno de dos años y la celebración del Compromiso de Caspe brindaron al aragonés Papa Luna -Benedicto XIII- la ocasión de volcarse en intentar solucionar las divisiones entre los partidarios de los aspirantes a ocupar el trono y los problemas jurídicos que originaron la cuestión sucesoria, sin que su intervención fuera directa y personal, pero sí pudo ser influyente. A. Selma y C. Laliena han señalado que “es fácil ser cínico retrospectivamente y sugerir que la elección estuvo condicionada desde el principio por el bando finalmente vencedor, que estaba detrás del candidato más fuerte; o por la soterrada apoyatura de Benedicto XIII, que colocó a varios de sus hombres de confianza entre los compromisarios” (1).
El criterio que se siguió para la elección de los compromisarios fue que cumplieran unos requisitos: expertos en leyes, hombres de sentimiento religioso, y que estuvieran alejados de ambiciones sociales. Estas condiciones jurídicas, morales y sociales indujeron a los designados a pensar en elegir al más idóneo aspirante que preservara la unidad de la Corona de Aragón y que fuera un monarca responsable.
La Corona de Aragón, expresamente, carecía de ley de sucesión. Al Monarca, ya en las últimas horas de su vida, le pareció acertada la sugerencia del “conceller” catalán Ferrer Gualbes, proponiendo que la sucesión de la Corona recayese en el pariente más próximo que corresponda en derecho.
Los pretendientes que podrían tener alguna aspiración para optar al trono de la Corona de Aragón, dado el grado de parentesco, pronto se reducirían a cinco: Luis, duque de Calabria; Fadrique o Federico, conde de Luna; Fernando, infante de Castilla; Jaime, conde de Urgell; y Alfonso, duque de Gandía. Ante estas alternativas se dilucida que opción se elige para solucionar el problema: la entronización de Fadrique, nieto bastardo de don Martín, una vez legitimado; o la solución política, que optaba por la elección del candidato de mayor derecho.
Las discusiones se centraron en la posibilidad de aceptar o no aceptar que la línea femenina de la dinastía podía trasmitir los derechos sucesorios. En el primer supuesto, y teniendo en cuenta el derecho aragonés y de acuerdo con el testamento de Jaime I, Fernando de Antequera y Luis de Anjou eran candidatos legales. En caso negativo, los aspirantes mejor posicionados eran Jaime de Urgell y Alfonso duque de Gandía. Los derechos de Fadrique quedaban descartados por ser hijo ilegítimo.
Mientras se planteaba y resolvía el problema sucesorio el temor a una guerra civil estaba justificado. La sociedad de los diversos territorios de la Corona de Aragón estaba dividida en bandos que apoyaban a Fernando de Trastámara o bien al conde de Urgell, llegando a reunirse en parlamentos opuestos.
Descartada la solución política, se limitaron las alternativas a dos pretendientes: Fernando de Antequera y Jaime de Urgell. Ante el mal cariz que tomaba la situación, tuvo lugar la Concordia de Alcañiz, con el acuerdo de los parlamentos aragonés y catalán, y la adhesión del de Valencia. Posteriormente se adoptó el compromiso de reunirse en la villa de Caspe para elegir el candidato a la Corona. Cada uno de los territorios representados de la Corona de Aragón debía designar a tres compromisarios plenipotenciarios. El Reino de Mallorca, el Rosellón y las posesiones feudatarias de Córcega, Cerdeña y Sicilia, por motivos diferentes, no tuvieron delegación personal en el Compromiso de Caspe. Los designados fueron: por Aragón, el obispo de Huesca, Domingo Ram, natural de Morella; [i]Francisco Aranda, religioso de la Cartuja de Porta-Coeli y natural de Teruel y el jurisconsulto Berenguer de Bardají; por Cataluña, el arzobispo de Tarragona, Pedro de Sagarriga, el jurista Guillem de Vallseca y el consejero de Barcelona, Bernat de Gualbes, y por Valencia, el prior de la Cartuja de Porta-Coeli Bonifacio Ferrer, su hermano el dominico fray Vicente Ferrer y el jurista Giner de Rabasa, que posteriormente sería sustituido por micer Pedro Beltrán, todos naturales de la ciudad de Valencia .
Las negociaciones para elegir a los compromisarios de Caspe no fueron fáciles. Algunos pretendientes estimaron que ciertos jueces podían ser parciales. El día 13 de marzo se produjo la votación para designar a los nueve jueces que tenían que proclamar al nuevo Monarca. Fueron aceptados por unanimidad los valencianos Vicente Ferrer y Giner de Rabasa; los catalanes Pedro Sagarriga y Guillem de Villaseca, y el aragonés Pedro de Aranda. Los otros electos fueron por mayoría, a excepción de Bonifacio Ferrer, pero el embajador aragonés hizo una defensa de su persona y terminó siendo aceptado (2).
Se había llegado al acuerdo que los Parlamentos de Aragón, Cataluña y Valencia nombrasen a las nueve personas que tenían que ser nominadas, con la condición de que “todas ellas fuesen elegidas por todos los Parlamentos; y cada una por todos”. A los compromisarios les fueron trasferidos plenos poderes y facultades para obrar en consecuencia.
Los Parlamentos de los tres territorios representados continuaban reuniéndose mientras los compromisarios electos celebraban sesiones en la villa de Caspe.
En la Concordia de Alcañiz se puso la condición que para que la sentencia tuviera validez era necesario reunir un mínimo de seis votos a favor y que procediera al menos uno de cada uno de los tres territorios representados.
El Dietari documenta la permanencia durante 60 días en la villa aragonesa de Caspe de los nueve compromisarios y el día de la elección del nuevo Monarca.
En lo dit de M. CCCC. XII., foren aquestes dits VIIII diputats e[n] la villa de Casp, e estagueren LX diez en la eleccio; e digous, a XXVIIII de juny, dia de sent Pere e de sent Pau, fonch declarat l’infant don Ferrando per rey e per senyor, lo qual hera (sic) germa del rey de Castella, mort, e honcle del rey regnant de Castella (3).
Durante dos meses se celebraron reuniones para buscar solución al problema sucesorio. Las sesiones eran prácticamente diarias, comenzaban al amanecer con asistencia a misa e invocando la intercesión del Espíritu Santo. Se escuchaban los argumentos expuestos por los representantes de cada candidato, se debatían o deliberaban ideas, los compromisarios preguntaban a los embajadores las dudas suscitadas sobre la justificación exhibida para defender a su aspirante. Las sesiones eran secretas. Posteriormente se pasó a una segunda fase, cuyo objetivo era conocer la opinión y argumentos de cada uno de los propios compromisarios propuestos para elegir Monarca.
El 24 de junio de 1412, reunidos en sesión secreta en Caspe, tomó la palabra, en primer lugar, el dominico valenciano Vicente Ferrer. Su protagonismo fue determinante para acabar con el problema planteado. Su sensatez de juicio y su persona suscitaban un gran respeto. En el castillo de Caspe hizo una defensa clara de los derechos sucesorios del infante Fernando de Castilla, que por ser nieto del rey don Pedro el Ceremonioso, padre del fallecido Martín I el Humano, era el pariente más próximo de matrimonio legítimo. Y declaró que en justicia y en conciencia, los parlamentos, súbditos y vasallos de la Corona de Aragón debían prestarle fidelidad.
Su razonamiento a favor del candidato castellano de la dinastía Trastámara fue compartido por los tres representantes aragoneses, por su hermano, Bonifacio Ferrer y por el catalán Bernat de Gualbes, que durante el interregno había pertenecido al brazo real del parlamento, como síndico de la ciudad de Barcelona. Es decir, seis votos a favor de Fernando de Antequera, pues los otros dos representantes catalanes no se inclinaron por esta opción, y el representante valenciano Pedro de Bertrán, que hubo de sustituir a Giner Rabasa, alegó que carecía de suficiente información para emitir juicio. Como afirmó Joan Reglá, Fernando de Antequera obtuvo en Caspe, la unanimidad aragonesa, la mayoría valenciana y la minoría catalana. Al apoyar la causa del Trastámara, la burguesía catalana hizo triunfar con la nueva dinastía la formula pactista como derecho constitucional de la Corona de Aragón, independientemente de los intereses económicos que vinculaba a los burgueses catalanes con Fernando de Antequera por el negocio de las lanas castellanas de la Mesta. Al conde de Urgell le faltaron condiciones políticas y fue perdiendo el apoyo que, en un principio, le habían ofrecido un gran sector de la sociedad civil de los Estados de la Corona de Aragón (4).
Con esta decisión se da fin al interregno y se zanjaron las inquietudes que suscitaba legal y políticamente el problema de la designación del rey de la Corona de Aragón.
La causa defendida por Vicente Ferrer había triunfado. El 25 de junio del año 1412 se expuso el acta ante los seis notarios del conclave. En el códice del Compromiso de Caspe se declaraba, según la traducción de la Sentencia:
(…) Visto por tanto, el modo y forma de nuestra elección y los poderes que se nos han otorgado, y los antedichos votos y juramento, y llevadas a cabo la investigación, instrucción, información, conocimiento y reconocimiento a que estamos obligados, y dados y comunicados nuestros criterios por justicia según Dios y nuestras conciencias, y todo lo dicho examinado y considerado, teniendo sólo a Dios ante los ojos, y a tenor de los poderes, voto y juramento predichos, decimos y publicamos:
(…) Que los mencionados parlamentos y súbditos y vasallos de la Corona de Aragón deben y están obligados a prestar tributo de fidelidad al ilustrísimo y excelentísimo y poderosísimo príncipe y señor don Fernando, infante de Castilla. Y que deben y vienen obligados a reconocer al propio don Fernando como a su verdadero rey y señor” (5).
El texto del códice del Compromiso de Caspe recoge la visita de los embajadores de Aragón, Valencia y Cataluña a los nueve compromisarios de Caspe y les agradecen la labor realizada y hacen votos para que Dios les conceda una condigna recompensa.
(…) Estando todavía reunidos los compromisarios en el Aula Magna hicieron acto de presencia ante ellos en primer lugar los embajadores de los reinos de Aragón y de Valencia, y a continuación los del Parlamento del Principado de Cataluña, todos los cuales, manifestando su satisfacción por el trascendental hecho de la proclamación, expresaron a los nueve su profundo agradecimiento por los trabajos llevados a cabo y por las grandes fatigas soportadas. Y, en nombre propio y de todos los Parlamentos, ofreciéronles grandes obsequios; haciendo votos para que al Dador de todas las gracias les concediera en el presente y en el futuro una congrua y condigna recompensa (6).
También los diputados se congratularon del trabajo realizado y les obsequiaron con toda clase de presentes (7).
El dominico valenciano fray Vicente Ferrer fue designado para dar a conocer públicamente el fallo de la sentencia.
El día 28 de junio se dirigieron los compromisarios desde el castillo de la población a la plaza de la villa. El obispo de Huesca, el morellano Domingo Ram, celebró la misa y Vicente Ferrer predicó el sermón, tomando como base la frase del Apocalipsis: “Gaudeamus et exultemus et demus gloriam Deo, quia venerun nuptiae Agni”. Finalmente se leyó la sentencia y se entonó el “Te Deum”. Después ante la puerta de la iglesia de Santa María, izada la bandera con las armas reales y “coram populo”, el Santo valenciano proclamaba solemnemente el veredicto. Sentencia que causó alegría entre la mayoría, no en todos, pues ciertos sectores acérrimos al conde de Urgell no la aceptaron de buena gana. El dominico valenciano defendió su apuesta política y refutó los argumentos de los que discrepaban de ella, y en uno de sus sermones expresó:
“En aquell punt que yo pronuncii la sentencia de Casp totes les bandositats cessaren” (8).
Un clamor de campanas sonó en todas las iglesias de Caspe, unido a toque de tambores, trompetas y disparos de bombardas que crearon una atmósfera de fiesta y regocijo.
Los reinos y ciudades celebraron con públicos regocijos tan aceptada sentencia. En particular Valencia, donde, como indica J. Teixidor, hubo tan grande alboroto y fiestas que fue preciso mandar a los oficiales y labradores que volviesen al trabajo y cultivo de las tierras para que no se perdiesen (9).
El carisma personal de Vicente Ferrer y su fácil verbo, expresado en valenciano y en latín, hizo que triunfara su propuesta, erigiéndose en valedor de la concordia y la paz.
Pocas decisiones han sido tan determinantes para el devenir de la historia de la Corona de Aragón. El interregno de dos años originado con la muerte de Martín el Humano había concluido (10).
En un clima medieval de tribulaciones y violencia, la Corona de Aragón, como señaló el profesor Antonio Ubieto, dio una muestra de madurez política para dar solución a un gran problema planteado a la muerte del rey Martín el Humano el 31 de mayo de 1410, sin que le superviviera hijo legítimo a quien trasmitir sus derechos sucesorios (11). La solución jurídica aragonesa se impuso en Caspe.
El Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim registra la elección del rey don Fernando en los siguientes términos:
En lo dit any de M. CCCC. XII., lo regne de Arago e de Valencia e principat de Catalunya, vehent tants mals e dans, e terres e regnes sens rey e senyor ni primogenit, de que totes les terres concordant, foren helets VIIII homens molt notables e bons, diputats, ab poder bastant de helegir rey d’Arago e dar lo [regne] a qui pertenya per verissima justicia (12).
NOTAS Y BIBLIOGRAFÍA
1. SELMA MUÑOZ, A., y LALIENA CORBERA, C., “Las elites políticas de Aragón durante el Interregno y el Compromiso de Caspe”. La Corona de Aragón en el centro de su Historia 1410-1412. El Interregno y el Compromiso de Caspe. Colección Actas, 75. Zaragoza, 2011, p. 190.
2. Para aproximarse a la cuestión y tener una visión de conjunto, Cfr. GÓMEZ BAYARRI, J. V.,” El Reino de Valencia en el Compromiso de Caspe”. RACV, Serie Histórica, núm. 33. Valencia, 2013, pp. 7-55.
3. Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D. CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Vila de Casp”, p. 113.
4. REGLÁ CAMPISTOL, J., Historia de la Edad Media. Tomo II. Barcelona, 1971, pp. 323-324.
5. LLORENS RAGA, P.L., El códice del compromiso de Caspe, existente en el Archivo de la Catedral de Segorbe. Segorbe, 1968, pp. 115-117. Esta última declaración va subrayada en el códice. J. Zurita señaló que se redactaron tres ejemplares jurídicos, uno se entregó al arzobispo de Zaragoza, otro al obispo de Huesca y otro a don Bonifacio Ferrer, para que cada uno lo guardase en nombre de su “Provincia”. El día siguiente se notificó a los tres alcaydes del Castillo, pero se conservó en cerrado silencio hasta el día 28 de junio en que se debía publicar. ZURITA, J., Anales de la Corona de Aragón. Zaragoza, 1562. Libro II, c. 787, fol. 71, col.1. El ejemplar del Archivo de la Catedral de Segorbe procede de la Cartuja de Vall de Christi, donde Bonifacio Ferrer vivió retirado los últimos años de su vida. El Códice del Compromiso de Caspe y apéndices conservado en el A.C.A fueron trascritos para su estudio por el medievalista M. DUALDE SERRANO.
6. LLORENS RAGA, P.L., El códice del compromiso de Caspe, existente en el Archivo de la Catedral de Segorbe. Segorbe, 1968, p. 125.
7. LLORENS RAGA, P.L., op.cit., p.125.
8. CHABÁS, Roque. Opúsculos. Introducción de Rodrigo Lizondo, M., “Estudio sobre los Sermones valencianos de San Vicente Ferrer que se conservan manuscritos en la Biblioteca Metropolitano de Valencia”. Generalitat Valenciana, 1995, p. 303, o bien, p. 81 del artículo.
9. TEIXIDOR, J., (Dominico de la Orden de Predicadores) Vida de San Vicente Ferrer, apóstol de Europa. Edición preparada por Alfonso Esponera Cerdán. O. P. Valencia, 1999. Tomo I, p. 366.
10. La documentación del proceso de los actos desarrollados en el Cónclave de Caspe se halla en la serie de procesos generales de Cortes del Archivo Real de la Corona de Aragón en Barcelona. (A.C.A). Proceso de Cortes, 22.
11 UBIETO ARTETA, A., El Compromiso de Caspe. Colección Alcorces. Tema aragonés, 11, Zaragoza, 1980, p. 3.
12. Dietari del capellà d’Anfos V el Magnànim. Textos Medievales, 85. Edición e índices de Mª D. CABANES PECOURT. Zaragoza, 1991. “Eleccio de rey”, p. 112.
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1ª Imagen: Representación del Compromiso de Caspe. Año 2019.
5ª Imagen: Retablo cerámico que representa la figura de Vicente Ferrer intentado pacificar los enfrentamientos entre los bandos de los Vilaragut y los Centelles. Obra de Jaime de Scals (2012)
9º Imagen: Entrada triunfal del pare Vicent Ferrer en Valencia el año 1412. Retablo cerámico en el exterior de la iglesia de San Salvador y Santa Mónica. Plaza Santa Mónica.
10ª Imagen: El 28 de junio de 1412, Vicente Ferrer proclama en la puerta de Santa María, “coram populo”, solemnemente la sentencia del Compromiso de Caspe, acabando con el problema sucesorio suscitado a la muerte de Martín I el Humano en 1410. Compromiso de Caspe. Oleo pintado en 1867 por Dióscoro Teófilo Puebla Tolín, conservado en la Cámara del Congreso de Diputados de España
José Vicente Gómez Bayarri es Licenciado en Filosofía y Letras, Doctor en Historia,
Catedrático de Geografía e Historia, Académico de número de la RACV y Medalla de
Plata de la Ciudad de Valencia.