La cohesio territorial del Regne de Valencia ABANS DE LES TAIFES (i II)

Per a continuar l’articul anterior, en primer lloc, es interessant coneixer que Oriola fon, la capital de la cora de Tudmir primer que Murcia, que no existia. Vejam-ho : En la p. 105 de la “Crónica del califa Abdarrahman III an-Nasir entre los años 912 y 942” (al Muqtabis V), Ibn Hayyan, citant a ar-Razi i referint-se a 916-917, escriu que: “Dice ar-Razi: ...El visir Ishaq b. Muhammad…conquistó la muy fuerte plaza de Orihuela, capital de la cora de Tudmir…que había servido de refugio a los cristianos en los primeros tiempos…”

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Comentarios sobre el carácter científico de los estudios heráldicos

En algunos foros he vuelto a encontrar voces que niegan el carácter de ciencia a la heráldica, por basarse en el axioma que a la Heráldica “no se le puede aplicar con éxito el método científico -algo imprescindible para una ciencia-, entre otras cosas porque cualquier experimento que se quiera hacer con respecto a la Heráldica nunca dará los mismos resultados si los efectúan distintas personas en distintos lugares, es decir, no es exacto y no se puede repetir hasta el infinito dando el mismo resultado cada vez con certeza”.

El economista Pedro Sánchez

Si no se conociera al personaje, el hecho de que el presidente del Gobierno sea economista transmitiría algo de confianza en una crisis sanitaria, laboral y económica como la que estamos sufriendo, cuando se están negociando los Presupuestos 2021.

Sin embargo, conociendo a Pedro Sánchez la desconfianza hacia quien lleva el timonel político de España se multiplica. Supedita la economía a su subsistencia política personal, no parando en concesiones populistas, independentistas y filoetarras, cuesten lo que cuesten, porque lo primero para él es el poder político,  lo segundo permanecer y lo tercero la poltrona, es decir, nada que tenga que ver con mejorar nuestra economía.

No es exagerado defender que estamos en manos de un arribista político desconocido en nuestro país. Tanto es así que Bildu afirmó, sin rodeos, en el Congreso este martes que condicionaba al Gobierno y las leyes que impulsaba.

CERVANTES y el IDIOMA VALENCIANO

Supongo que todo lo cervantino está estudiado, aunque desconozco si existen ensayos sobre la obsesión de Cervantes hacia las lenguas. En su póstumo “Los trabajos de Persiles y Sigismunda“ (a.1617), hay quien clama por el idioma perfecto: “¡Qué lengua podrá decir, o qué pluma escribir lo que sintió!” ; y otro, por el contrario, oculta el suyo: “para disimular la lengua, y que por ella no fuese conocido por extranjero, me fingí mudo y sordo”; treta quizá autobiográfica de Cervantes en los intentos de fuga de la cárcel o Baños de Argel. En el Persiles, novela de peregrinos que viajan a Roma, surgen personajes que hablan francés, italiano, polaco, castellano y valenciano; pero el novelista no especifica lo de “valenciano”, al dar por hecho que los lectores sabrían a qué lengua aplicaba estos adjetivos laudatorios:

Calma activa

El coronavirus es una epidemia mundial que está produciendo millones de muertos y contagiados: También es incierto su final o su control, por lo que todas las instituciones y personas hemos de ser muy prudentes, para no generar expectativas con escaso fundamento y ser muy rigurosos. Sin lugar a dudas, el primer rigor es conocer sus consecuencias, y en concreto el número de fallecimientos en España: no me parece acertada la opinión del alcalde de Madrid, José-Luis Martínez-Almeida,  de que el Gobierno no está interesado en saber el número de fallecidos españoles, sino que desea que no se conozca –que es muy distinto-, escudándose en diferentes criterios para contabilizar fallecidos o en que algunas comunidades autónomas no facilitan los datos o los distorsionan.

La cohesio territorial del Regne de Valencia ABANS DE LES TAIFES (I)

L’organisacio territorial de l’Espanya musulmana previa a la descomposicio del califat de Cordova, partia de l’existencia de circumscripcions territorials i administratives denominades “cores” (kura). La cora, existent en l’orient musulma, fon adoptada a partir de l’any 752. Pero si en l’orient musulma, la ciutat depen de la cora, en l’Espanya musulmana, la provincia depen d’una ciutat mare o capital de la cora que es convertix en ciutat-provincia o ciutat-territori (balad). Existix una persistent coincidencia en que si la ciutat (mudun), era capital d’una diocesis, se li dia “madina”. Joaquín Vallvé, en la p. 183 de “La división territorial de la España musulmana” diu que: “…el “sahib al-madina” equivale al “comes civitatis” visigodo y el “qa’id al-kura” equivale al “dux provinciae”. De cada ciutat, depenia un alfoç (hawz) i una regio o distrit agricola (iqlim, amar o nazar) en els quals hi havia o podia haver un o mes castells (husun), alqueries (qurà) y poblats (buldan). (p.24 de “El Muyam al-Buldam de Yaqut” de Gamal Abd al-Karim).

Negligencia, diligencia, residencia

¿Qué tenen en comu les tres paraules?, que rimen en -encia i que confluixen en els establiments a on paguem –bons diners– per a que cuiden dels nostres sers volguts. Ademes, els dos primers son antonims, contraris, cosa per la qual la vida dels majors canvia del cel a la terra si se’ls aten negligentment o diligentment.

Les residencies d’ancians ya acapararen l’atencio mediatica en el ple de la pandemia del coronavirus, perque causà una gran mortaldat entre els usuaris, donat que els seus sistemes defensius eren mes debils que els de la poblacio de fora.

Literatura jurídica medieval: LIBRE DEL CONSOLAT DE MAR

El “Consolat de Mar” es una recopilación de derecho consuetudinario marítimo elaborado por jurisconsultos a partir del siglo XIII. El contenido originario del Libre del Consolat de Mar está constituido por disposiciones sobre procedimiento y derecho mercantil y marítimo. Según F. de P. Momblanch, los 42 capítulos que forman el orden judiciario del “Consolat de Mar” de Valencia son del siglo XIV; el 43 es una pragmática de Jaime I, y el 35 se refiere a “les portades” de Alejandría; los 37 últimos están dedicados a legislar sobre aspectos de la armada.

El “Consolat de Mar” es un código de la legislación marítimo-comercial, compendio de la multisecular acumulación de ordenaciones, usos y prácticas comerciales, recogidas y sistematizadas por “savis homens qui van per el mon” y por “nostres antecessors”, como se afirma en algunos capítulos.

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